El Título 50 del Código de los EE.UU., Sección 2661, autoriza al Departamento de Energía de Estados Unidos participar en determinadas actividades contra-UAS ("C-UAS") que de otro modo podrían infringir las disposiciones pertinentes de la legislación federal.

Dichas leyes son 49 U.S.C. § 46502 (piratería de aeronaves), 18 U.S.C. § 32 (destrucción de aeronaves), 18 U.S.C. § 1030 (fraude y abuso informático), 18 U.S.C. § 1367 (interferencia con el funcionamiento de un satélite), y los capítulos 119 (interceptación de comunicaciones) y 206 (registros de pluma y dispositivos de trampa y rastreo) del Título 18.

Fecha de publicación 23 de diciembre de 2016

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